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Decreto por el que se Reforman, Adicionan y Derogan, diversas disposiciones a la Ley Federal de Trabajo

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Decreto por el que se Reforman, Adicionan y Derogan, diversas disposiciones a la Ley Federal de Trabajo Empty Decreto por el que se Reforman, Adicionan y Derogan, diversas disposiciones a la Ley Federal de Trabajo

Mensaje  jcamdina Vie Nov 30, 2012 6:07 pm

Como ya se habia comentado, el pasado primero de septiembre del último año, el presidente de la república Felipe Calderón Hinojosa, presentó a la Cámara de Diputados la iniciativa de reforma preferente en materia laboral (reforma laboral), misma que después de un arduo lapso de revisiones y modificaciones en las dos cámaras del Conreso de la Unión, se aprobó en el Senado de la República este treinta de noviembre se publica el Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones a la Ley Federal de Trabajo, misma que se tiene que adaptar a las condiciones laborales modernas, coexistiendo con la tecnología y los procesos de trabajo que con la globalización exigen una mayor calidad, competitividad y productividad. Entre otros temas que resultaron resultaron modificados son los siguientes:

* Igualdad laboral.
* Subcontratación.
* Salarios caídos.
* Pago por hora de servicios.
* Formas de pago de salario.
* Permiso de paternidad.
* Estatutos y obligaciones de los Sindicatos.
* El Trabajo en el Régimen de Contratación.
* Cuando la autoridad detecte trabajadores menores de 14 años.
* Trabajadores Fuera de la República contratados en Territorio Nacional.
* Periodos de Prueba y Capacitación de Trabajo.
* Conclusión de Temporada para Trabajadores Temporales.
* Suspensión de Labores en Contingencias Sanitarias.
* Si es privado de su libertad el Trabajador y no presenta la documentación que exige la Ley.
* Comportamiento en contra de la dignidad del Trabajador.
* De los Trabajos en Minas.
* De los elementos aportados por los avances de la Ciencia.
* Conflictos individuales de Seguridad Social.

Se estableció que sus disposiciones entrarán en vigor a partir del día 1o.de Diciembre de 2012, y que las entidades federativas cuentan con un plazo de tres años para transformar las Juntas de Conciliación en Juntas de Conciliación y Arbitraje Local.

Se determinó que los juicios iniciados con las disposiciones anteriores a la reforma, deberán concluirse de conformidad con ellas.

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